JurídicoESEN
Order (Auto)March 6, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Navarro Sierra Luis Alfonso·Respondent Ese Cartagena De Indias De Corozal

✓
Topic · hard data
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa-Conocimiento De Demandas Laborales Promovidas Por Empleados Públicos Contra Empresa Social Del Estado
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de demandas laborales promovidas por empleados públicos contra empresa social del estado
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Civil del Circuito con funciones laborales de Corozal, Sucre, y el Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre.

La controversia se suscita entre los Despachos por demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra de la ESE Centro de Salud Cartagena de Indias de Corozal, con la que pretende que se ordene a la demandada pagar las primas de servicios adeudadas, la reliquidación de la cesantía y la sanción moratoria por el no pago de las cesantías, en virtud a que en la liquidación se cometieron errores y no se incluyeron algunos conceptos de los que considera tener derecho.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, para resolver, refiere como precedente el Auto 1012 de 2023, en el cual se explica, entre otros fundamentos que, cuando se trata de una ESE se debe analizar el caso con base en las reglas especiales que gobiernan a esas entidades.

Así, el artículo 26 de la Ley 10 de 1990 dispone que la regla general de vinculación de las ESE es la de empleado público, excepto cuando se trata de encargados del mantenimiento de la planta física hospitalaria y de servicios generales en cuyo caso su regla de vinculación será la de trabajador oficial.

En caso de que la regla de vinculación sea la de empleado público, la competencia será de la jurisdicción contencioso administrativa conforme al numeral 4 del artículo 104 del CPACA y, emite la regla de decisión según la cual, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer de una demanda laboral contra una Empresa Social del Estado promovida por un empleado público, situación jurídica que se constata con las funciones que desempeña en la entidad acorde con lo previsto en la Ley 10 de 1990.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre, y comunique la presente decisión al Juzgado Primero Civil del Circuito con funciones laborales de Corozal, Sucre y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre entre el Juzgado
  2. Primero. Civil del Circuito con funciones laborales de Corozal, Sucre, y el Juzgado
  3. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre, y DECLARAR que el conocimiento del proceso iniciado por el señor Luis Alfonso Navarro Sierra contra la ESE Centro de Salud ESE Cartagena de Indias de Corozal corresponde al Juzgado
  4. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4921 al Juzgado
  6. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, Sucre, para que, de manera inmediata, continúe con el trámite del referido proceso y comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Primero. Civil del Circuito con funciones laborales de Corozal, Sucre y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.